Las personas fisicas y morales estÔn obligadas a presentar su declaración anual. Para el ejercicio 2023 las personas morales tienen como fecha limite de envio hasta el primero de abril de 2024 , y las persons fisicas hasta el 30 de abril del 2024.
ĀæQuienes no presentan declaraciones?
De acuerdo con la regla 3.17.11.- Contribuyentes relevados de la obligación de presentar declaración anual del ISR:
I.- Hayan obtenido ingresos exclusivamente por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado de un solo empleador, siempre que no exista ISR a cargo.
II. En su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.), en el aƱo que provengan de instituciones que componen el sistema financiero
III. El empleador haya emitido el CFDI por concepto de nómina respecto de la totalidad de los ingresos a que se refiere la fracción I de esta regla.
Cómo presentar la declaración anual
La declaración anual 2023 se puede presentar en lĆnea a travĆ©s del Portal del SAT. Para ello, se necesita contar con el RFC, la contraseƱa o la e.firma.
El proceso de presentación de la declaración anual es el siguiente:
- Ingresar al Portal del SAT con el RFC y la contraseƱa o la e.firma.
- Seleccionar el apartado de “Declaraciones”.
- Seleccionar el tipo de declaración (persona fĆsica o persona moral).
- Capturar la información solicitada por el programa.
- Generar la declaración.
- Revisar la declaración y, si es correcta, presentarla.
Deducciones personales
Las personas fĆsicas pueden deducir de sus ingresos los gastos que realicen para los siguientes conceptos:
- Honorarios mƩdicos, dentales y gastos hospitalarios.
- Gastos por servicios de enfermerĆa.
- Gastos por lentes ópticos.
- Gastos por transporte para acudir a recibir atención médica.
- Gastos por alimentos cuando se encuentren hospitalizados.
- Gastos por estudios relacionados con la salud.
- Gastos por funerales.
- Donativos a instituciones autorizadas.
- Intereses por crƩditos hipotecarios.
- Primas de seguros de gastos mƩdicos.
- Gastos por colegiaturas.
- Gastos por transporte escolar.
- Gastos por guarderĆas.
Pagos provisionales
Las personas fĆsicas que tengan ingresos por salarios, honorarios, arrendamiento, intereses, dividendos o enajenación de bienes o acciones estĆ”n obligadas a realizar pagos provisionales del ISR durante el ejercicio fiscal. El monto de los pagos provisionales se determina en función de los ingresos que se esperan obtener en el ejercicio.
Reembolso de saldo a favor
Si la declaración anual arroja un saldo a favor, el contribuyente podrĆ” solicitar su devolución al SAT. El trĆ”mite de devolución se puede realizar en lĆnea a travĆ©s del Portal del SAT.
Sanciones por no presentar la declaración anual
Las personas fĆsicas o morales que no presenten la declaración anual en la fecha lĆmite estĆ”n sujetas a sanciones fiscales.
Recomendaciones para presentar la declaración anual
- Es importante recopilar toda la información necesaria para presentar la declaración antes de comenzar el trÔmite.
- Se recomienda revisar la información precargada en el Portal del SAT antes de capturar la información adicional.
- Si se tiene alguna duda sobre cómo presentar la declaración, se puede consultar la guĆa de declaraciones anuales del SAT.

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