La cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) es un proceso esencial para los contribuyentes en México. En 2025, la normativa ha sido actualizada con ajustes significativos, por lo que es fundamental conocer los nuevos plazos y requisitos para evitar sanciones. A continuación, se presenta una revisión detallada basada en las disposiciones vigentes de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2025.
Plazos para la cancelación de CFDI
De acuerdo con la RMF 2025, los plazos para la cancelación de CFDI varían según el tipo de comprobante:
- CFDI en general: Pueden cancelarse hasta el último día del mes en que se presenta la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio en el que se emitió el comprobante.
- CFDI de nómina emitidos en 2024: Su cancelación está permitida hasta el 28 de febrero de 2025, siempre que se genere un nuevo comprobante que lo sustituya.
- CFDI globales en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): La cancelación es posible hasta el último día de abril del ejercicio fiscal siguiente.
Condiciones para la cancelación de CFDI
Para cancelar un CFDI, es indispensable cumplir con los siguientes requisitos:
- Aceptación del receptor: Se requiere la aprobación del receptor del comprobante, salvo en los casos de excepción establecidos en la regla 2.7.1.35 de la RMF 2025.
- Justificación y sustitución: La cancelación debe estar debidamente justificada. En caso de generar un nuevo CFDI, este debe incluir el folio fiscal del comprobante cancelado.

Sanciones por incumplimiento
Cancelar un CFDI fuera del plazo permitido constituye una infracción que puede derivar en sanciones:
- Multas de entre el 5% y el 10% del monto del comprobante cancelado.
- Posibles revisiones fiscales y auditorías en caso de irregularidades en la cancelación.
Proceso de cancelación de CFDI
El procedimiento de cancelación se realiza a través de dos medios:
- Portal del SAT.
- Proveedores Autorizados de Certificación (PAC).
Desde 2022, es obligatorio especificar el motivo de la cancelación, y el receptor cuenta con un plazo de 72 horas para aceptar o rechazar la solicitud.
Casos en los que no se requiere la aceptación del receptor
La aceptación del receptor no es necesaria en los siguientes casos:
- CFDI con montos menores a $5,000 pesos.
- CFDI de nómina, gastos, transferencias o ingresos emitidos a contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- CFDI generados mediante la herramienta Mis Cuentas en la aplicación Factura Fácil.
- CFDI que amparan retenciones e información de pagos.
- Cancelaciones realizadas dentro de las 72 horas posteriores a la emisión del CFDI.
La cancelación de CFDI en 2025 es un proceso que requiere atención a los plazos y condiciones establecidas por la autoridad fiscal. Para evitar sanciones, es clave mantenerse actualizado con la normativa vigente y utilizar herramientas, para facilitar la gestión. Ante cualquier duda, se recomienda consultar directamente con el SAT o con un experto en materia fiscal. La precisión y el cumplimiento son esenciales para evitar riesgos innecesarios.